El Organismo Fiscal anunció a través de su página web que ya se pone en marcha la moratoria 2021 -ley 27563-, habilitando la adhesión a la misma.
La AFIP recuerda que con esta moratoria, las Pymes, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
La moratoria forma parte de los beneficios previstos en la ley de alivio fiscal para apuntalar el proceso de recuperación económica.
Este plan para regularizar las deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 se encontrará habilitado hasta el 15 de marzo de 2022. La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022.
Entre las principales características del régimen destacamos:
- Las entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas y sujetos considerados pequeños contribuyentes: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 60 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 120 para las restantes obligaciones. Las micro y medianas empresas incluidas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 1% del valor de la deuda consolidada.
- Las medianas empresas: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 36 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 60 para las restantes obligaciones. Las medianas empresas incluídas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 2% del valor de la deuda consolidada.
- El resto de los contribuyentes: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 24 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 36 para las restantes obligaciones. Los contribuyentes incluídos en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 4% del valor de la deuda consolidada.
Esta moratoria también prevé la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria y por única vez planes de facilidades de pago caducos.